- Provienen de diversos pueblos originarios y pertenecen al Museo Nacional de la Cultura Peruana.
El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación a 602 bienes culturales muebles, conformados por cerámica amazónica proveniente de diversos pueblos originarios, pertenecientes al Museo Nacional de la Cultura Peruana.
Estos bienes culturales poseen valor e importancia histórica, artística y estética por cuanto provienen de la creatividad de diferentes pueblos originarios como los Asháninka, Awajun, Cashinahua, Harakbut, Kakataibo, Kukama-Kukamiria, Murui-Muinani, Yine, Shipibo-Konibo y del distrito de Chazuta (San Martín), correspondientes al siglo XX.
Además, forman parte testimonial de actividades tradicionales en los pueblos originarios, relacionados con su vida cotidiana. Algunos de estos bienes culturales se han dejado de elaborar en la actualidad, mientras que otros han mantenido una continuidad e incluso se han modificado, y se han creado nuevas formas y diseños con fines comerciales, sin olvidar sus prácticas tradicionales, pues en ellos se alberga sus cosmovisiones y sus saberes ancestrales
Esta cerámica amazónica también posee significados sociales, ya que se les identifica con el rol que cumple la mujer en su producción, pues algunas piezas están relacionadas a la alimentación, sea para elaborarlos, servirlos o conservarlos; mientras que otras se encuentran relacionadas con las actividades rituales o ceremoniales.
Toda esta diversidad cerámica constituye un legado de nuestras culturas amazónicas que fortalece nuestra identidad local, regional y nacional.
La propuesta de declaratoria como bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, mediante resolución del despacho viceministerial de patrimonio cultural e industrias culturales, se realiza en el marco de las funciones de la Dirección General de Museos, de ejecutar actividades destinadas a fortalecer la identidad local, regional y nacional; así como la coordinación y gestiones que tiendan a la recuperación y puesta en valor de los bienes muebles declarados, conforme a lo establecido en el marco legal vigente.
Cabe mencionar que la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, define como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo.